Una cedeiresa, condenada por estafa, decía que el dinero era para un letrado
Una vecina de la zona de Cedeira ha sido condenada por un juzgado de Ferrol como autora de una estafa.
El tribunal considera que Ana R. C. estafó a una pariente y por ello se le impusieron seis meses de prisión más la obligación de devolver el dinero con el que se hizo de manera ilegal.
El fallo, ya firme por ser de conformidad, establece que a comienzos de octubre del 2009, Ana R. C., sin antecedentes penales, al tener conocimiento de que su cuñada estaba gestionando una pensión de viudedad, le hizo creer que el abogado que se ocupaba del asunto pedía una provisión de fondos de cinco mil euros.
La víctima, añade la sentencia, le entregó primero mil euros, luego otros 1.200, otros 2.500 y 300 más. Ella misma descubrió el engaño cuando en fecha posterior le reclamó otros tres mil euros. Fue el propio abogado, un letrado cedeirés, el que le desmintió que reclamase cuantía alguna como provisión de fondos. A descubrir el engaño, ella misma denunció a su cuñada, que ahora es condenada por tales hechos.
Conformidad
Llegado el día del juicio, no obstante, la acusada pactó con el representante del Ministerio Fiscal y la acusación particular ejercida por la víctima, una sentencia de conformidad que aceptó el tribunal en los términos indicados, por lo que el fallo es irrecurrible.
La resolución judicial recuerda que la legislación penal española permite esta fórmula para los casos de delitos cuya pena no exceda los seis años de prisión: la sentencia de conformidad se dicta oralmente en la misma sala donde se celebra el juidio, aunque posteriormente se redacta como cualquier otra en la que no se haya producido el acuerdo. Si el fiscal y las partes, conocido el fallo que dicta el tribunal, como queda indicado en la misma sala, expresan su decisión de no recurrir, como así ocurrió en este caso, el juez declarará también oralmente la firmeza de la sentencia.
Se trata de una fórmula cada vez más utIlizada por los tribunales penales españoles porque agiliza los procesos y reduce costos en la Administración de Justicia.
Recurso
Podría ser objeto de recurso o apelación, concluye esta resolución judicial, cuando no se hayan respetado en la redacción posterior los requisitos o términos de la conformidad anunciada con anterioridad en la sala y de la que existe un acta, si bien el acusado tampoco podría impugnar el asunto por razones de fondo, dado que se trata una conformidad libremente establecida.
Link: www.lavozdegalicia.es
